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Objeción de conciencia en Ley de Aborto: Tribunal Constitucional considera propuesta de Chile Vamos

Declaró inconstitucional el reglamento

Inconstitucional ha sido declarado el reglamento de objeción de conciencia de la Ley de Aborto en tres causales. El Tribunal Constitucional (TC) tomó esta decisión luego de considerar la propuesta de Chile Vamos y someterla a votación.

Con ocho votos a favor y dos en contra, el TC manifestó que el ordenamiento de objeción de conciencia es inconstitucional y que por ello las clínicas privadas que tienen convenios con el Estado podrán negarse a realizar abortos.

La medida contemplará que seis centros médicos, pese a que reciban aportes del Gobierno, puedan rechazar ejecutar esta ley.
Las clínicas y hospitales que podrán negarse a realizar abortos serán: «Clínica Oncológica Arturo López Pérez, Hospital San Francisco de Pucón, Hospital Clínico de la Universidad de Chile, Hospital Padre Bernabé de la Lucerna de Panguipulli, Clínica de Puerto Varas y Hospital Parroquial de San Bernardo».

Desde el Ministerio de Salud afirmaron que acatarán el fallo del Tribunal Constitucional y que «adoptarán todas las medidas que sean necesarias para implementar lo resuelto por la señalada magistratura». CHH

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