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Justicia ratifica legalidad de embargos y cobranzas por deudas del CAE

TGR CAE

Se estableció que el actuar de la TGR se ajusta a derecho.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó de manera unánime cuatro recursos de protección presentados por deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), confirmando la legalidad de las acciones de cobro realizadas por la Tesorería General de la República (TGR) para recuperar recursos fiscales, entre ellas, embargos.

En uno de los casos, donde el involucrado cuestionó la utilización del procedimiento ejecutivo contemplado en el Código Tributario para exigir el pago de la deuda y decretar eventuales embargos. Según el reclamante, el CAE corresponde a una obligación de carácter civil y no tributario, por lo que dicho mecanismo no resultaría procedente.

No obstante, la Quinta Sala del tribunal concluyó que la actuación de la TGR se ajusta a derecho. Los ministros establecieron que, una vez producido el incumplimiento del crédito y activada la garantía estatal, el organismo tiene la obligación de recuperar los fondos públicos involucrados mediante el procedimiento de cobro establecido en la normativa tributaria vigente.

La resolución se suma a pronunciamientos recientes de la Corte de Apelaciones de Arica y refuerza una línea jurisprudencial que también ha sido respaldada por la Corte Suprema, que hasta ahora ha declarado inadmisibles más de 450 recursos de protección relacionados con esta materia.

Tras estos fallos, la TGR reiteró su llamado a los deudores del CAE a regularizar su situación de morosidad para evitar situaciones como, por ejemplo, embargos.

CHH