Aguas Metropolitanas (Sacyr Aguas) informó a sus clientes de Colina que, a partir del nuevo Decreto Tarifario N° 57, publicado en el Diario Oficial, se aplicará una modificación en la tarifa del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas. La medida afecta únicamente a la concesión de Colina-Esmeralda perteneciente a Sacyr Agua Metropolitana (ex Sacyr Agua Chacabuco) y involucra según informó la empresa a 23.383 clientes.
La empresa aseguró que esta actualización responde a la publicación oficial en el Diario Oficial y a la normativa vigente que regula las tarifas sanitarias.
La medida incluye un cobro retroactivo correspondiente a los consumos registrados entre el 8 de junio de 2024 y el 29 de julio de 2025, periodo en el que se fijaron las nuevas tarifas oficiales.
¿Qué es el Decreto Tarifario N° 57?
El Decreto Tarifario N° 57, publicado el 11 de julio de 2025, establece las fórmulas tarifarias para los servicios de producción y distribución de agua potable, así como de recolección y disposición de aguas servidas, para los sectores de Colina y Ayres de Colina de la empresa Sacyr Agua Chacabuco S.A. Este decreto fija los precios máximos aplicables a los usuarios de estos servicios, determinando cargos fijos y variables que las empresas pueden cobrar a sus clientes.
Reliquidación tarifaria: ¿cómo se verá en tu boleta?
Según explicó la sanitaria, este ajuste —definido como “reliquidación tarifaria”— se verá reflejado en las próximas cuentas de los vecinos bajo la glosa: “Reliquidación Decreto Tarifario cuota x/y”. El cobro se aplicará en cuotas de igual valor, distribuidas en las boletas mensuales de los clientes, facilitando el pago del ajuste retroactivo.
La empresa indicó que la medida responde a lo establecido en la legislación vigente, particularmente en el artículo 12 del DFL N°70, Ley de Tarifas.
¿Qué establece el artículo 12 del DFL N° 70?
El artículo 12 del DFL N° 70, promulgado el 30 de diciembre de 1988, regula la vigencia de las fórmulas tarifarias establecidas por el Ministerio de Obras Públicas. Según este artículo, las fórmulas tarifarias tendrán un período de vigencia de cinco años, salvo que antes del término de este período haya acuerdo entre el prestador del servicio y el Ministerio para prorrogarlo por otro igual.
Excepcionalmente y de común acuerdo, podrán modificarse antes del término del período de su vigencia cuando existan razones fundadas de cambios importantes en los supuestos hechos para su cálculo.
Declaración de Sacyr Agua en torno al ajuste tarifario
Según indicaron desde Sacyr a Chicureo Hoy, “el ajuste tarifario responde a un proceso regulado y transversal que involucra diversas instituciones estatales y abarca a todas las empresas sanitarias concesionadas del país. Por normativa, cada cinco años se actualizan las tarifas de agua potable y servicios asociados, en conjunto con la autoridad”, aseguró la empresa.
“La publicación del nuevo Decreto tarifario se prolongó más de lo debido por motivos administrativos que son ajenos a Sacyr Agua, por lo que se hizo efectivo a partir del mes de septiembre de este año. El cobro de la reliquidación se aplica automáticamente en cuotas que aparecerán en las boletas mensuales, y según el tramo de monto acumulado a reliquidar”, agregó la compañía.
Contacto y consultas
Para dudas o consultas, Agua Sacyr habilitó su call center 600 300 2600 y atención en sus oficinas comerciales.