El retorno a clases ya tiene fecha en las comunas de la Provincia de Chacabuco. Los establecimientos municipales afinan los últimos detalles para el inicio del año escolar 2026, que este año estará marcado por jornadas reducidas en la primera semana y por la entrada en vigencia de la Ley 21.801, que regula el uso de celulares en los recintos educacionales.
Colina parte el 2 de marzo con jornada especial
En Colina, el inicio oficial del año escolar en colegios municipales será el lunes 2 de marzo.
Tanto el Liceo Bicentenario Chacabuco como el Liceo Bicentenario Provincial Santa Teresa de Los Andes comenzarán ese día sus actividades con horario especial hasta el viernes 6 de marzo, retomando la jornada habitual desde el lunes 9.
Durante esta primera semana, los establecimientos municipales funcionarán hasta las 13:00 horas, con buses de acercamiento operativos desde el primer día de clases.
Tiltil confirma inicio el 2 de marzo
En Tiltil, el inicio del año escolar en establecimientos municipales está fijado para el lunes 2 de marzo, sumándose así al calendario definido en parte de la provincia.
Lampa iniciará entre el 2 y 4 de marzo, y enfatiza cambios en convivencia
En Lampa, algunos establecimientos municipales iniciarán el año escolar el miércoles 4 de marzo, entre ellos el colegio Cacique Colina.
En ese contexto, la concejala Elisa Millaquen señaló que este retorno no solo marca el regreso de los estudiantes a las aulas, sino también la implementación de la Ley 21.801. Explicó que la normativa implica ajustes en reglamentos internos y protocolos de convivencia, redefine el rol del encargado del área y amplía las facultades de los directores.
Asimismo, enfatizó que la medida involucra a toda la comunidad educativa —estudiantes, docentes, asistentes y apoderados— y que su propósito es fortalecer la concentración, el respeto y el adecuado desarrollo de las clases.
Nueva ley: prohibición en clases y cinco excepciones
El año escolar 2026 comenzará con la entrada en vigencia de la Ley 21.801, que modifica la Ley General de Educación y establece un marco nacional para regular el uso de dispositivos móviles en educación parvularia, básica y media.
Cómo detalla el Mineduc, la norma fija como regla general la prohibición del uso de celulares durante las actividades curriculares, especialmente dentro del aula. La restricción no aplica en recreos ni en horario de colación.
La regulación no solo involucra a estudiantes. También alcanza a docentes, asistentes de la educación y apoderados que ingresen al establecimiento.
¿Qué se entiende por dispositivo móvil?
La ley considera como dispositivo móvil electrónico de comunicación personal todo aparato que permita realizar telecomunicaciones, acceder a internet o interactuar en plataformas digitales.
Quedan excluidos los dispositivos institucionales destinados a fines pedagógicos.
Cinco excepciones establecidas por la norma
La ley contempla situaciones específicas en las que sí se permite el uso del celular:
- Razones de salud, acreditadas con certificado médico.
- Necesidades educativas especiales, cuando el dispositivo funcione como apoyo al aprendizaje.
- Situaciones de emergencia o catástrofe.
- Solicitud fundada del apoderado, por motivos de seguridad personal o familiar.
- Uso pedagógico, cuando el docente lo requiera y cuente con autorización del director (solo en básica y media).
En los casos que correspondan, la autorización deberá quedar formalmente respaldada por la dirección del establecimiento.
Plazo para ajustes internos
Los establecimientos tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus reglamentos internos y definir aspectos prácticos, como el resguardo de los dispositivos durante la jornada escolar.




