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Cámara aprueba ley que prohíbe uso de celulares en colegios

Foto: referencial

La nueva normativa fija excepciones y exige a los establecimientos actualizar sus reglamentos internos; conoce aquí los cambios.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este martes 2 de diciembre en tercer trámite los cambios del Senado al proyecto que prohíbe y regula el uso de celulares y otros dispositivos móviles en establecimientos educacionales. 

Con esto, la iniciativa quedó lista para su promulgación y entrará en vigencia al inicio del año escolar 2026. La medida busca ordenar el uso de tecnología en el aula, disminuir distracciones y reforzar la convivencia escolar.

¿Qué dispositivos abarca la nueva ley?

El proyecto unifica siete boletines y redefine el concepto de los equipos regulados. Se reemplaza “medios tecnológicos de telefonía móvil” por “dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal”.

Esto incluye equipos que permiten telecomunicación, acceso a internet, interacción digital y consulta de plataformas y contenidos.

¿Dónde y cuándo se prohíben los celulares?

La normativa establece una prohibición general del uso de dispositivos móviles en educación básica y media, durante actividades curriculares dentro de la sala de clases.

La restricción no solo se aplica a los estudiantes: también considera a toda la comunidad educativa, incluidos docentes y asistentes.

En enseñanza media, los colegios podrán definir espacios, horarios o actividades específicas donde sí se permita su uso, considerando la autonomía progresiva de los adolescentes.

Excepciones permitidas

La ley contempla situaciones en las que los dispositivos móviles sí podrán utilizarse:

  • Necesidades educativas especiales, siempre que se acredite mediante un certificado profesional.
  • Emergencias, desastres o catástrofes, cuando sea necesario comunicarse.
  • Condiciones de salud que requieran monitoreo mediante una aplicación o dispositivo, con certificado médico.
  • Uso del dispositivo como apoyo en actividades curriculares o extracurriculares.
  • Solicitud fundada y temporal del apoderado por razones de seguridad personal o familiar del estudiante.

Las últimas dos excepciones deberán ser autorizadas por la dirección del establecimiento.

Nuevos deberes de los colegios

La implementación de la norma quedará en manos de la Superintendencia de Educación, que emitirá instructivos para definir mecanismos de control, condiciones de uso y consecuencias ante incumplimientos.

Los establecimientos tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus reglamentos internos y adecuarlos a la nueva ley.

Además, deberán desarrollar instancias formativas sobre el uso responsable de pantallas y advertir sobre riesgos digitales, incluido el mal uso de redes sociales o la comisión de delitos a través de dispositivos móviles.

El Ministerio de Educación presentará una evaluación de la medida en 2030, con el fin de medir su impacto.

CHH

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