El proceso de desalojo de la toma Aconcagua, ubicada en la comuna de Colina, ha sumado nuevos antecedentes durante las últimas semanas. El procedimiento, que inicialmente estaba previsto para el pasado 8 de junio, fue suspendido por decisión del Gobierno debido al sistema frontal que afectó a la zona central.
Posteriormente, las familias del asentamiento sostuvieron reuniones con autoridades comunales, donde reiteraron que no se oponían a abandonar el terreno, pero solicitaron más tiempo para organizar su salida. Incluso, la dirigenta del campamento aseguró a Chicureo Hoy que «no vamos a tener ninguna resistencia ni violencia» cuando llegue el momento del desalojo.
Ahora, el caso volvió a dar un giro luego de que la Corte de Apelaciones acogiera una orden de no innovar, resolución que mantiene suspendido temporalmente el procedimiento mientras se revisa el recurso de protección presentado por las familias que habitan el campamento.
La acción judicial fue presentada por el abogado Ariel Meya, representante legal de los habitantes de la toma Aconcagua. En conversación con Chicureo Hoy, explicó el alcance de la resolución y sostuvo que el recurso no busca impedir el desalojo, sino cuestionar la forma en que se pretende ejecutar.
«Lo que buscamos con este recurso no es impedir el desalojo ni que las familias se adueñen del terreno. Eso hay que dejarlo claro desde ya. Lo que estamos cuestionando es la forma en que se pretende ejecutar el proceso, porque creemos que debe realizarse respetando las garantías de las personas y dando un plazo razonable para que puedan reubicarse», señaló.
¿Qué significa la orden de no innovar?
Meya explicó que la resolución dictada por la Corte busca mantener la situación actual mientras se resuelve el fondo del recurso, evitando que durante ese periodo se ejecuten acciones que puedan afectar una eventual sentencia.
«La orden de no innovar busca que, mientras la Corte analiza el recurso de protección, no se realicen acciones que puedan hacer imposible cumplir una futura sentencia. Hoy el proceso queda suspendido hasta que la Corte de Apelaciones dicte una resolución definitiva», indicó.
Precisó que la medida no pone fin al proceso judicial ni determina el resultado del recurso, ya que ahora corresponderá al tribunal pronunciarse sobre el fondo del caso. Agregó que los plazos dependerán de la carga de trabajo de la Corte, por lo que una sentencia podría conocerse en los próximos días o extenderse durante varias semanas.
Cuestionamientos al procedimiento
El representante legal sostuvo que el recurso apunta exclusivamente a la forma en que se estaba desarrollando el proceso de desalojo y no a su objetivo final.
«Estamos hablando de un asunto de formas, no del fondo. El objetivo del desalojo puede ser legítimo, pero eso no significa que cualquier forma de ejecutarlo también lo sea. Lo que buscamos es que el procedimiento se ajuste a la normativa y a los tratados internacionales que resguardan los derechos de las personas», afirmó.
En ese contexto, aseguró que durante la tramitación del recurso el municipio habría intensificado las visitas al campamento para realizar catastros y marcar viviendas, situación que —según indicó— motivó la solicitud de la orden de no innovar.
«Mientras presentábamos el recurso de protección, la municipalidad intensificó las visitas al terreno. Había funcionarios realizando catastros, marcando casas ocupadas y desocupadas e informando a los vecinos que serían desalojados en cualquier momento. Justamente eso es lo que busca evitar la orden de no innovar mientras la Corte resuelve», sostuvo.
Próximos pasos
Respecto a las siguientes etapas del proceso, Meya señaló que espera que el tribunal otorgue un plazo que permita reubicar adecuadamente a las familias antes de ejecutar el desalojo.
«Lo que esperamos es que la Corte otorgue un plazo razonable para reubicar a las familias. Estamos hablando de cerca de 400 familias, con niños, adultos mayores y personas que requieren protección especial. Lo que buscamos es una solución ordenada y no impedir que el proceso continúe», expresó.
Finalmente, explicó que si el recurso de protección es rechazado, el decreto de desalojo continuará su tramitación. No obstante, reiteró que la acción judicial nunca tuvo como propósito impedir la restitución del terreno.
«Si la Corte rechaza el recurso, el decreto seguirá su curso. El objetivo nunca ha sido que las familias permanezcan en el terreno, sino que exista una reubicación con un plazo razonable y respetando las garantías que establece la ley», concluyó.








