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Corte Suprema deja sin efecto prohibición de uso «a todo evento» de escopetas antidisturbios por Carabineros

En junio de 2020 la Corte de Apelaciones de Valparaíso había aprobado su prohibición, lo que fue revocado por el máximo tribunal.

La Corte Suprema revocó el fallo de junio de 2020 de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, donde se prohibía el uso «a todo evento» de escopetas antidisturbios por parte de Carabineros.

Fue tras una serie de recursos de protección presentados por el alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp, los rectores de las universidades Católica de Valparaíso, Federico Santa María y de Playa Ancha; observadores de Derechos Humanos; entre otros, que la Corte de Apelaciones decidió prohibir la utilización de estas escopetas, dado que transgredía los derechos a reunión e integridad de los manifestantes garantizados en la Constitución.

Lo anterior no fue respaldado por el máximo tribunal, desde donde se señaló que “la determinación del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales es una temática que no puede ser resuelta por esta vía», consignó El Mercurio.

En esa línea, se señaló que “los hechos y peticiones que se describen exceden de las materias que deben ser conocidas a través del recurso de protección».

Una de las reacciones fue la de la abogada Inés Robles, representante de la Universidad de Valparaíso, quien afirmó que el fallo “deja a las personas indefensas ante el uso excesivo de la fuerza por parte de agentes del Estado. Solo se hace cargo de normas de derecho interno”. CHH

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