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Este domingo 1 de mayo será feriado irrenunciable en Chile

Aunque este año cae domingo, la ley y la Dirección del Trabajo son claras con respecto a este día.

Este domingo 1 de mayo se registrará un nuevo feriado irrenunciable en nuestro país por la conmemoración del Día Internacional del Trabajo. Por ser un día domingo, la mayoría de las personas no tendrán un día extra de descanso, pero sí habrán algunos servicios que no estarán operativos.

Hay que recordar que el pasado 18 de abril, el diputado por Osorno, Puerto Varas y Frutillar, Héctor Barría (DC), había presentado un proyecto de ley que buscaba que el próximo lunes 2 de mayo se convirtiera en feriado laboral, para que así las personas tuvieran un día de descanso que no fuera domingo, pero la iniciativa no prosperó debido a que alcanzó a estar en pauta en la Cámara de Diputados por falta de tiempo para tramitar.

De acuerdo con la Dirección del Trabajo, según lo consignado por la Ley 19.973, es feriado irrenunciable para todos los trabajadores del comercio. Por lo mismo los supermercados no podrán funcionar bajo ningún horario durante este domingo 1 de mayo. Información que fue entregada por cada recinto a través de sus páginas web o redes sociales, por lo que las grandes cadenas como Jumbo, Lider, Unimarc, Santa Isabel, Tottus y otras, no podrán operar durante la jornada dominical, reabriendo sus locales recién a partir del lunes 2 de mayo.

Sólo existen las siguientes excepciones: Clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets. Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. Establecimiento de venta de combustibles. Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.

La Ley 19.973 es clara y establece que los trabajadores de los comercios que no se encuentran dentro de los feriados irrenunciables, tendrán derecho a estos descansos una vez cada dos años. CHH

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