ACTUALIDAD NACIONAL

Próxima semana inicia restricción vehicular en la Región Metropolitana

Revisa el calendario de mayo hasta agosto.

Este jueves, el Gobierno presentó el calendario de restricción vehicular en Santiago, el cual se aplicará desde el 2 de mayo hasta el 31 de agosto.

El calendario consiste en la implementación de la Gestión de Episodios Críticos (GEC), sistema que pone en marcha diversas medidas para disminuir la contaminación ambiental.

Lo anterior, teniendo en cuenta que con el frío empeoran las condiciones de ventilación y, por ende, el esmog se concentra en la RM.

Esta restricción vehicular comprende un periodo de lunes a viernes entre 7:30 a 21:00 horas entre el 2 de mayo y el 31 de agosto, donde algunos vehículos no podrán circular al interior del anillo de Américo Vespucio, o sea, solo se considera la cuenca de la RM dejando fuera a sectores como Colina, Lampa, Tiltil y Peñalolén.

El primer grupo afectado por esta medida son los autos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del año 2011 y motos inscritas antes del 1 de septiembre del año 2010. En ambos casos, si fueron inscritos después de esas fechas, no tienen restricción.

Patentes terminadas en:

  • Lunes: 0-1
  • Martes: 2-3
  • Miércoles: 4-5
  • Jueves: 6-7
  • Viernes: 8-9

Respecto a los vehículos sin sello verde no podrán circular dentro del anillo de Américo Vespucio de lunes a viernes entre 7:30 y 21:00 horas, a excepción de los festivos. Mientras que fuera de este sector tendrán un calendario de restricción de cuatro dígitos por día.

Los buses de transporte privado de pasajeros, interurbanos y rurales sin sello verde, también tendrán este calendario de cuatro dígitos de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas. Además, no podrán movilizarse por la provincia de Santiago, ni en las comunas de San Bernardo y Puente Alto.

Patentes terminadas en:

  • Lunes: 0-1-2-3
  • Martes: 4-5-6-7
  • Miércoles: 8-9-0-1
  • Jueves: 2-3-4-5
  • Viernes: 6-7-8-9

Alerta, preemergencia y emergencia ambiental

Por otro lado, si las condiciones medioambientales empeoran se podrá decretar alerta, preemergencia o emergencia ambiental.

  • Alerta: se prohíbe el uso de calefactores a leña en toda la región, excepto pellets.
  • Preemergencia: se sumarán dos dígitos a la restricción sin sello verde. Se prohíbe el uso de cualquier tipo de calefactor a leña en la RM, incluido pellets.
  • Emergencia: se sumarán cuatro dígitos a la restricción sin sello verde y dos dígitos a los autos con sello verde que están afectos a la medida. Se prohíbe el uso de cualquier tipo de calefactor a leña en la RM, incluido pellets. CHH

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