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Retención del SII para quienes emiten boletas de honorarios: ¿Cuánto subirá en 2026?

SII retención 22/12/25

El pago del impuesto permite a los contribuyentes acceder a coberturas previsionales.

A partir del 1 de enero de 2026, el Servicio de Impuestos Internos (SII) aplicará una retención de 15,25% a todas las personas que emiten boletas de honorarios, en el marco del calendario de alzas graduales definido por la normativa vigente.

Actualmente, la retención es de 14,5%, porcentaje que se mantendrá hasta el 31 de diciembre del presente año. El cálculo se realizará de forma automática cada vez que un contribuyente emita una boleta a honorarios en el sitio web del SII.

El incremento de la retención responde a la implementación progresiva de la Ley N°21.133, vigente desde 2019, que estableció la cotización obligatoria de los trabajadores independientes para incorporarlos a los regímenes de protección social, equiparando sus coberturas a las de los trabajadores dependientes. Para mitigar el impacto en las rentas líquidas, la ley definió una etapa de transición que terminará en 2028.

Según el calendario, hasta 2027 la retención aumentará 0,75% anual. En 2028, el alza será de 1%, alcanzando un total de 17%. En específico, los porcentajes que descontará el SII en los próximos años serán:

  • 2025: 14,5%.
  • 2026: 15,25%.
  • 2027: 16%.
  • 2028: 17%.

La obligación de cotizar se ejecuta a través de la declaración anual de impuesto a la renta ante el SII. En ese proceso, el organismo determina los montos de cada cotización e informa a la Tesorería General de la República (TGR), que se encarga de transferir los pagos a las entidades previsionales correspondientes.

Con el pago de las cotizaciones en la Operación Renta, los trabajadores a honorarios acceden a diversas coberturas previsionales, entre ellas asignaciones familiares, Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP), pensiones de invalidez, sobrevivencia y vejez, cuota mortuoria, sistema de salud y el Seguro de Acompañamiento para Niñas y Niños (Ley SANNA).

Estas coberturas rigen desde el 1 de julio de cada año hasta el 30 de junio del año siguiente.

CHH