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Sernac aclara derechos sobre garantía legal y voluntaria

Foto: Chicureo Hoy

El organismo publicó una nueva circular que refuerza la libertad de elección de los consumidores y fija reglas claras.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) publicó una nueva circular interpretativa que busca reforzar los derechos de las personas al momento de exigir la garantía legal y voluntaria, evitando prácticas que puedan inducir a error o limitar la libre decisión de los consumidores.

El documento apunta a entregar mayor claridad sobre cómo y cuándo se pueden ejercer estas garantías.

Según lo establecido, la garantía legal y voluntaria son mecanismos distintos y complementarios. La garantía legal está consagrada en la Ley del Consumidor y permite dentro de los primeros seis meses desde la entrega del producto, optar libremente entre la devolución del dinero, el cambio del producto o su reparación gratuita, siempre que la falla no sea atribuible al mal uso.

En tanto, la garantía voluntaria es ofrecida de manera adicional por los proveedores y debe representar una mejora real para las personas, ya sea en plazos, coberturas u otros beneficios.

Un punto clave de la circular es que ninguna empresa puede obligar a usar primero una garantía para luego acceder a la otra, ya que la elección siempre corresponde al consumidor.

Información clara y plazos protegidos

El Sernac enfatiza que las garantías voluntarias deben informarse de forma clara, veraz y oportuna, detallando condiciones, plazos y coberturas. Además, cuando una garantía voluntaria ofrece un plazo mayor, este beneficia directamente al consumidor, y el uso de una suspende el cómputo de la otra.

La circular también establece normas específicas para vehículos motorizados. En estos casos, los proveedores deben informar previamente las mantenciones exigidas, sus costos estimados y los talleres autorizados, bajo criterios técnicos justificados.

Asimismo, se refuerza el derecho a elegir libremente el servicio técnico y se fija la obligación de entregar un vehículo de reemplazo si la reparación se extiende por más de cinco días hábiles.

CHH