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Suprema descarta homicidio del expresidente Eduardo Frei Montalva

Según el fallo no existirían antecedentes que prueben el magnicidio.

Este viernes 18 de agosto, la Segunda Sala de la Corte Suprema descartó el homicidio del expresidente Eduardo Frei Montalva, quien falleció el 25 de enero de 1982 en la Clínica Santa María de Santiago.

La segunda sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier– revocó el fallo de primera instancia dictado por el juez Alejandro Madrid, quien había condenado a seis implicados en el magnicidio.

En detalle, se acogió parcialmente los recursos de casación en aquella parte en la que se pronunció sobre las absoluciones de Patricio Silva Garín, Helmar Rosenberg Gomez y Sergio González Bombardiere, quienes fallecieron durante la tramitación del proceso.

Asimismo, en el fallo se absolvió a Raúl Lillo Gutiérrez y Luis Becerra Arancibia, condenados en primera instancia como autores y a Pedro Valdivia Soto, condenado en primera instancia como cómplice.

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en contra de la sentencia que absolvió a los condenados de primera instancia al considerar que no existen antecedentes que permitan probar el homicidio del exjefe de Estado ni hechos que comprueben que se ocultó su envenamiento.

“Los sentenciadores del grado tuvieron en consideración, en primer término, los estudios efectuados a las mismas muestras periciadas, efectuados por laboratorios de Estados Unidos y Canadá, las que no permitieron validar las conclusiones a que arribaron las pericias, pues el análisis de la doctora Börgel fue cuestionado tanto en metodología como en resultados, requiriendo por tanto de otro método de corroboración”, señala el fallo de la Corte Suprema.

Cabe mencionar que en 2019, el juez Alejandro Madrid condenó al doctor Patricio Silva Garín como autor y a otras cinco personas como coautores, cómplices y encubridores del homicidio del demócrata cristiano, que murió hace 41 años.

Dos años después de las sentencias de primera instancia, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó dicho fallo y absolvió a los seis condenados, bajo el argumento de que “las pruebas reunidas no han logrado demostrar que el fallecimiento del expresidente sea imputable a alguna acción dolosa o culposa, como tampoco a alguna omisión atribuible a los médicos». CHH

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