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Tras el ingreso de la solicitud, las AFP tendrán 15 días hábiles para transferir tercer retiro del 10%

beneficios diciembre

Así lo detalló el oficio que envió la Superintendencia de Pensiones a las AFP a pocos días del inicio del proceso.

La Superintendencia de Pensiones (SP) envió un oficio a las AFP para asegurar la correcta y oportuna implementación del tercer retiro del 10% de los fondos, en base a lo cual estableció el procedimiento y los plazos para las etapas de ingreso, recepción, revisión y aprobación de las solicitudes de retiro, así como también de notificación de éstas y de pago de los recursos a las y los afiliados.

De acuerdo a la instrucción del organismo, desde las 09.00 horas del lunes 3 de mayo de 2021 las administradoras deberán ingresar las solicitudes de tercer retiro de fondos que presenten los afiliados y beneficiarios del sistema.

En tanto, indicaron que durante los primeros 10 días hábiles, el ingreso de solicitudes se realizará preferentemente a través de las plataformas web de cada administradora y sus servicios de call center, para contribuir con las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad. «Por esta razón, se insta a la ciudadanía a no asistir a las sucursales de las administradoras, optar por sus canales remotos y resguardar la salud de las personas», señalaron.

Junto con esto, afirmaron que hasta el lunes 3 de mayo las AFP deberán enviar a sus afiliados información con el monto máximo de recursos que pueden retirar y cómo hacer el retiro.

Según la estimación de la Superintendencia, un universo de aproximadamente 10 millones de personas podría hacer uso del tercer retiro de fondos, proceso que podría movilizar recursos por hasta US$ 19.000 millones.

En tanto, en el oficio el organismo indicó que, una vez ingresada la solicitud, «las administradoras deberán pagar los recursos en un máximo de hasta 15 días hábiles y en una sola cuota».

Por otra parte, se informó que las AFP tendrán un plazo máximo de cuatro días hábiles para validar la información entregada en la solicitud e informar la aceptación o rechazo de aquella. «En caso de rechazo, deberá explicar las razones en detalle al afiliado o beneficiario para que las subsane y puede reingresarla, detallaron.

Finalmente, en su instrucción, la Superintendencia señaló explícitamente que las administradoras deberán disponer de una plataforma o aplicación web especial para el tercer retiro, la que deberá ser distinta de las de los retiros 1 y 2, las cuales deberán estar visibles en las páginas web de cada administradora. CHH

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