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Tribunal Ambiental anula de forma parcial aprobación de megaproyecto en Huechuraba

Según la sentencia, no se consideraron debidamente las observaciones del proceso de Participación Ciudadana.

Foto: Tribunal Ambiental

De forma unánime, el Segundo Tribunal Ambiental acogió de forma parcial los reclamos interpuestos por tres vecinos y dos juntas de vecinos en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la aprobación del megaproyecto inmobiliario Carmen Oriente en Huechuraba.

Este proyecto, ubicado en Avenida Santa Rosa de Huechuraba N°7350, está conformado por la construcción de siete edificios con fines inmobiliarios, los que se levantarían en un plazo de nueve años y medio, el cual contempla un total de 840 departamentos y 1.335 estacionamientos.

Según la información publicada por Emol.cl, la sentencia concluye, luego de la revisión de los reclamos, que «se observa la existencia de un vicio de motivación que daría por acreditado que no fueron debidamente consideradas las observaciones generadas en el proceso PAC».

Esto teniendo en cuenta la “alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, atendido que no se acompañó en la evaluación información técnica suficiente para verificar o descartar el impacto consistente en la proyección de las sombras de los edificios del proyecto sobre las viviendas cercanas».

Lo anterior se suma al «riesgo para la salud de la población, dado que se incurrió en un error esencial consistente en una deficiente identificación de los receptores asociados al impacto ruido en el área de influencia del proyecto, al no representar la condición más desfavorable de exposición, lo que no permite verificar que el proyecto cumplirá con los límites establecidos en el DS N° 38/2011″.

De esta forma, el tribunal resolvió anular de forma parcial la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto, en puntos específicos relacionados con la evaluación del efecto sombra y ruido.

Asimismo, se dictaminó retrotraer el procedimiento de evaluación a la etapa del ICSARA, que corresponde al Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones preparado por el SEA.

Además, el falló concluyó «suspender los efectos de aquella parte no anulada de la RCA 723/2019 por todo el tiempo que dure la evaluación ambiental de la parte viciada, hasta la dictación de la RCA complementaria. De esta forma, el proyecto no puede ser ejecutado hasta no contar con esta última resolución».

Es importante mencionar que los reclamos fueron interpuestos por la Junta de Vecinos Lomas del Carmen, la Junta de Vecinos Santa Rosa de Huechuraba III y tres personas naturales, luego de que el SEA rechazara los reclamos administrativos. CHH

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