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Corte confirma rechazo de recurso tras conflicto por acceso a vivienda en condominio de Colina

Foto: Chicureo Hoy

El propietario acusó a la administración de restringir el ingreso de su familia por una supuesta deuda.

Un conflicto por el sistema de acceso a una vivienda del conjunto Portezuelo III, en Chamisero, llegó hasta la Corte Suprema, luego de que uno de sus propietarios acusara a la administración de dificultar el ingreso y salida de su familia.

El residente cuestionó el cambio desde los antiguos controles remotos a un sistema de acceso mediante dispositivos TAG. Según planteó, la administración habría condicionado la entrega o habilitación de estos dispositivos al pago de una supuesta deuda que superaría los $8 millones.

El propietario aseguró que nunca había aceptado formalmente pagar cuotas mensuales al conjunto y que los aportes que realizó años atrás fueron voluntarios y estuvieron destinados a temas específicos de seguridad.

A partir de esta situación, sostuvo que él y su familia debían utilizar el acceso destinado a visitas para entrar y salir de la vivienda, lo que habría provocado esperas y situaciones que consideró de riesgo y hostigamiento.

¿Por qué cambió el sistema de acceso?

La administración entregó una versión diferente de los hechos.

Según explicó ante los tribunales, el cambio respondió a motivos de seguridad, luego de un robo ocurrido durante la madrugada del 8 de diciembre de 2024.

De acuerdo con sus antecedentes, un grupo de delincuentes habría ingresado al conjunto después de clonar controles de acceso. Tras este episodio, los vecinos acordaron implementar un sistema automatizado mediante TAG.

La administración negó haber bloqueado el acceso del propietario y sostuvo que este podía ingresar por el portón de visitas, donde personal de seguridad se encargaba de abrir.

Además, descartó que estuviera realizando un cobro de una deuda y aseguró que el residente no figuraba como deudor.

Los cuatro TAG que fueron enviados al domicilio

Uno de los elementos que tomó en cuenta la justicia fue que la administración puso cuatro dispositivos TAG a disposición del propietario.

Inicialmente, la entrega contemplaba un pago único de $80.000, pero posteriormente la administración realizó distintas gestiones para hacer llegar los dispositivos al residente.

Finalmente, los cuatro TAG fueron recibidos en su domicilio el 15 de octubre de 2025.

Cinco días después, la administración le envió un correo electrónico para preguntarle si quería habilitarlos. Según los antecedentes considerados por los tribunales, el propietario no manifestó su voluntad para activar los dispositivos.

¿Qué resolvieron los tribunales?

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso presentado por el propietario, al considerar que la situación que había motivado su reclamo ya no se mantenía.

El tribunal tomó en cuenta que los cuatro TAG habían sido entregados y que el propietario tenía la posibilidad de utilizarlos para acceder al conjunto.

Además, consideró que durante el proceso judicial no se había presentado un antecedente que demostrara que la administración continuara impidiendo o condicionando su ingreso.

Por este motivo, la Corte determinó que ya no existía una situación concreta que pudiera corregirse mediante el recurso presentado.

El propietario apeló la decisión, llevando el caso hasta la Corte Suprema.

Sin embargo, el máximo tribunal confirmó la resolución de la Corte de Santiago, por lo que se mantuvo el rechazo del recurso.

La decisión judicial se refiere a la situación relacionada con el acceso al conjunto habitacional y no determina si la supuesta deuda de más de $8 millones existe o no.

En otras palabras, el tribunal consideró que el problema que dio origen al reclamo había dejado de existir luego de que la administración pusiera los dispositivos TAG a disposición del propietario.

CHH